SENTENCIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3 DE JAÉN, ESTIMANDO LA DEMANDA INTERPUESTA POR UGT, CONDENANDO AL AYUNTAMIENTO DE BAILÉN AL ABONO DE 44 DÍAS CORRESPONDIENTES AL PERIODO DEVENGADO DEL 1 DE JUNIO AL 14 DE JULIO EN CONCEPTO DE PAGA EXTRAORDINARIA DE 2012 NO ABONADA
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.